JAZZTEL, PLC

Hecho Relevante #111646 - 22/07/2009 17:48

Jazztel comunica que la Resolución Extraordinaria que modifica sus Bonos ha entrado en vigor incondicionalmente.

PDF Adjunto:

 Contacto:                   Anabel Segura, 11
 Jazztel p.l.c.              28108 Alcobendas
 Relación con Inversores     Madrid
 Tel.: 91 183 99 92          www.jazztel.com




JAZZTEL p.l.c., (en adelante, “JAZZTEL” o la “Sociedad”) de conformidad con lo establecido en
el artículo 82 de la Ley 24/ 1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, procede, por medio del
presente escrito, a comunicar el siguiente


                                     HECHO RELEVANTE


JAZZTEL informó de que, con fecha de 29 de mayo de 2009, había tenido lugar una Junta de
Bonistas, tenedores de los bonos convertibles de JAZZTEL correspondientes a la emisión abril
de 2005 (€275,000,000 5 per cent. Convertible Bonds due 2010, ISIN XS0217146587) en la
que se había aprobado, mediante Resolución Extraordinaria, la modificación de los términos y
condiciones de dicha emisión de manera que se pudiera llevar a cabo la reestructuración de los
bonos en las condiciones establecidas en la Convocatoria de la Junta de Bonistas. Dicha
Resolución Extraordinaria estaba condicionada a los aspectos establecidos en la convocatoria
de la Junta.

La implementación efectiva de dicha Resolución Extraordinaria estaba condicionada a:

    (i) la cancelación de 23.670.000€ del principal de los bonos en poder del Garante de los
          bonos (Jazz Telecom S.A.) y cualquiera otros bonos en poder de la Compañía o del
          Garante de los bonos,
    (ii) la ejecución de la ampliación de capital con derecho de suscripción preferente,
    (iii) la emisión de los Warrants al Agente de Warrants,
    (iv) la entrega de la cantidad destinada a la recompra de bonos en una cuenta al nombre
          del Agente Principal de Pago y Conversión, y
    (v) la emisión de las acciones a intercambiar por bonos (Shortfall Shares), en el caso de
          que la ampliación de capital no se suscribiese en su totalidad, al Agente Principal de
          Pago y Conversión de los bonos, tal como se establece en la Convocatoria de la Junta
          de Bonistas.

Las antes mencionadas condiciones estaban establecidas en el Consent Solicitation Document
notificado a los titulares de bonos anticipadamente a la antes mencionada reunión.

A estos efectos, JAZZTEL informa de que las condiciones antes mencionadas se han cumplido
en su totalidad y, por consiguiente, la Resolución Extraordinaria pasa a entrar en vigor a todos
los efectos. En lo que se refiere a la condición (v) JAZZTEL manifiesta que, debido a que la
ampliación de capital se ha suscrito en su totalidad, dicha condición no es de aplicación.

De acuerdo con los términos del Consent Solicitation Document, la Compañía confirma que hoy
se han recomprado 140.000.000 de Euros en Bonos con un descuento del 50% sobre su valor
nominal (lo cual deja en 111.330.000 de Euros el importe remanente de Bonos) y que se han
emitido 200.000.000 de Warrants a los Bonistas a pro-rata de los Bonos que ostentan.


                                                  En Alcobendas (Madrid), a 22 de julio de 2009




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José Ortiz Martínez
Secretario-Consejero
Jazztel p.l.c.


Fuente: CNMV

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